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Leyes Descargar AYA

Artículo 143 Código Penal del Estado de Chihuahua

Capítulo V

Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.

A quien hiciere abortar a una mujer, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella.

Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años. Si mediare violencia física o moral se impondrá de seis a ocho años de prisión

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial