Artículo 134 Código Penal del Estado de Chihuahua
Capítulo III
Si la capacidad del autor sólo se encuentra considerablemente disminuida, se le impondrá de una cuarta parte de la mínima hasta la mitad de la máxima de las penas aplicables y las medidas de seguridad correspondientes. Esta disposición no será aplicable en los casos del artículo 126 de este Código
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial