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Leyes Descargar AYA

Artículo 354 Código Penal del Estado de Campeche

Capítulo II

Además de las sanciones establecidas en el artículo anterior, el sujeto activo pagará a la víctima todos los gastos del tratamiento médico derivados de la enfermedad contagiada, como parte de la reparación del daño y los perjuicios que se ocasionen.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial