Artículo 2 Código Penal del Estado de Campeche
Capítulo ÚNICO
Ante la ley penal todas las personas son iguales, sin embargo, la autoridad jurisdiccional competente deberá tomar en consideración para su aplicación las características de los grupos en situación de vulnerabilidad. Nota: Se reformó mediante decreto 187 de la LXI Legislatura, publicado en P.O. 5621 Segunda Sección de fecha 1° de diciembre de 2014
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial