Artículo 5 Código Penal del Estado de Baja California
Libro PRIMERO
Principio de Jurisdiccionalidad. - La pena o la medida de seguridad serán impuestas por resolución de autoridad judicial competente, mediante proceso seguido ante los Tribunales previamente establecidos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial