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Leyes Descargar AYA

Artículo 333 Código Penal del Estado de Baja California Sur

Capítulo V

Simulación de pruebas . A quien con el propósito de inculpar a alguien por la comisión de un delito, simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir su responsabilidad, se le impondrán de tres a cinco años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Secretaria de la Contraloria y Transparencia Gubernamental de BCS. Documento oficial