Artículo 276 Código Penal del Estado de Baja California Sur
Capítulo III
Abuso de autoridad por simulación. A quien teniendo la calidad de servidor público, en el ejercicio de sus funciones o con motivo de éstas, otorgue empleo, cargo o comisión públicos, o contratos de prestación de servicios profesionales, mercantiles o de cualquier otra naturaleza, que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará el correspondiente servicio o no se cumplirá el contrato o cualquier acto jurídico dentro de los plazos establecidos, se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa de doscientos a ochocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Artículo reformado BOGE 17-07-2017
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Texto tomado de Secretaria de la Contraloria y Transparencia Gubernamental de BCS. Documento oficial