Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 144 Código Penal del Estado de Baja California Sur

Capítulo III

Circunstancias calificativas. El homicidio y las lesiones son calificadas cuando se cometen con premeditación, ventaja, traición, alevosía, retribución, por el medio empleado, saña o en estado de alteración voluntaria.

I. Existe premeditación: Cuando se ejecuta la conducta después de haber reflexionado sobre el delito que se va a cometer.

II. Existe ventaja:

a) Cuando el sujeto activo es superior en fuerza física al ofendido y éste no se halla armado;

b) Cuando el sujeto activo es superior por las armas empleadas, por su mayor destreza en el manejo de éstas o por el número de personas que intervengan con él;

c) Cuando el sujeto activo se vale de algún medio que debilita la defensa del sujeto pasivo; o

d) Cuando el sujeto pasivo se halla inerme y/o caído y el sujeto activo se encuentra armado o de pie.

III. Existe traición: Cuando el sujeto activo realiza el hecho quebrantando la confianza o seguridad que expresamente le había prometido al sujeto pasivo, o las mismas que de forma tácita debía éste esperar de aquel por las relaciones de confianza real y actual que existen entre ambos.

IV. Existe alevosía: Cuando el agente realiza el hecho sorprendiendo intencionalmente a la victima de improviso, o empleando acechanza u otro medio ventajoso que no le dé lugar a defenderse ni a evitar el mal que se le quería hacer.

V. Existe retribución: Cuando el agente comete el hecho por pago prometido o cumplido.

VI. Por los medios empleados: Se causen por inundación, incendio, minas, bombas o explosivos, o bien por envenenamiento, asfixia, tortura o por medio del suministro de cualquier otra sustancia nociva para la salud.

VII. Existe saña: Cuando el sujeto activo actúa con crueldad o bien aumente deliberadamente el dolor o sufrimiento de la víctima; o

VIII. Existe estado de alteración voluntaria: Cuando el sujeto activo comete el hecho colocándose deliberadamente en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Secretaria de la Contraloria y Transparencia Gubernamental de BCS. Documento oficial