Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 12 Código Penal del Estado de Baja California Sur

Capítulo I

Principio de aplicación extraterritorial de la ley penal. Este Código se aplicará, asimismo por los delitos cometidos en alguna Entidad Federativa, cuando:

I. Produzcan efectos dentro del territorio del Estado de Baja California Sur; o

II. Sean permanentes o continuados y se sigan cometiendo en el territorio del Estado de Baja California Sur.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Secretaria de la Contraloria y Transparencia Gubernamental de BCS. Documento oficial