Artículo 287 Código Nacional de Procedimientos Penales
Capítulo II
Cateo en buques, embarcaciones, aeronaves o cualquier medio de transporte extranjero en territorio mexicano Cuando tenga que practicarse un cateo en buques, embarcaciones, aeronaves o cualquier medio de transporte extranjero en territorio mexicano se observarán además las disposiciones previstas en los Tratados, las leyes y reglamentos aplicables
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial