Artículo 82-H Código Fiscal de la Federación
Capítulo II
A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 82 -G de este Código, se le impondrán las siguientes sanciones:
I. De $10.00 a $20.00, a las establecidas en las fracciones I, y VI, por cada comprobante fiscal que incumpla con los requisitos establecidos. Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
II. De $20.00 a $60.00, a las establecidas en las fracciones II, III, IV, y V, por cada comprobante fiscal que incumpla con los requisitos establecidos. Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023. Artículo adicionado DOF 12-11-2021
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 9 de abril de 2026. Documento oficial