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Leyes Descargar AYA

Artículo 328 Código Federal de Procedimientos Civiles

Capítulo II

- Los efectos del emplazamiento son:

I.- Prevenir el juicio en favor del tribunal que lo hace;

II.- Sujetar al emplazado a seguir el juicio ante el tribunal que lo emplazó, siendo competente al tiempo de la citación;

III.- Obligar al demandado a contestar ante el tribunal que lo emplazó, salvo siempre el derecho de promover la incompetencia, y

IV.- Producir todas las consecuencias de la interpelación judicial.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial