Artículo 594 Código Familiar del Estado de Zacatecas
Capítulo DÉCIMO
Son nulos los actos de administración ejecutados y los contratos celebrados por los menores de edad sujetos a patria potestad, salvo que quien o quienes la ejerzan autoricen tales actos.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial