Artículo 1 Código Familiar del Estado de Zacatecas
Capítulo ÚNICO
Las normas del derecho de familia son de orden social y tutelares de todos los integrantes de la Familia. Párrafo reformado POG 3 de octubre de 2007 (Decreto 535) Se reconoce el derecho de toda persona a una vida libre de violencia y se promoverá el combate a la violencia familiar hasta su erradicación. Párrafo adicionado POG 19 de febrero de 2003 (Decreto 196) En lo conducente, son aplicables a las instituciones que regula este ordenamiento, las disposiciones de la Ley para prevenir y atender la violencia familiar, que son de orden público e interés social. Párrafo adicionado POG 19 de febrero de 2003 (Decreto 196)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial