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Leyes Descargar AYA

Artículo 69 Código Familiar del Estado de Sonora

Capítulo V

El dominio y posesión de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad conyugal, pero los bienes inmuebles y los vehículos de propulsión mecánica no pueden ser gravados ni enajenados por el administrador sin el consentimiento del otro. En caso de oposición, el Juez puede suplir el consentimiento, oyendo previamente a los interesados

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial