Artículo 4 Código Familiar del Estado de Sonora
Capítulo I
En la relación paterno-filial, las funciones encomendadas a quienes ejercen la patria potestad, la tutela o instituciones afines son la nutrición material y afectiva, así como la humanización y socialización de los descendientes, pupilos o personas a su cargo.
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Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial