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Leyes Descargar AYA

Artículo 329 Código Familiar del Estado de Sonora

Capítulo II

Cuando el hijo tenga la administración legal de sus bienes, se le considerará como emancipado respecto a su patrimonio, con las restricciones que establece la Ley para enajenar, gravar o hipotecar bienes raíces.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial