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Leyes Descargar AYA

Artículo 937 Código Familiar del Estado de Oaxaca

Capítulo IV

La aceptación puede ser expresa o tácita. Es expresa la aceptación si el heredero acepta con palabras terminantes; y tácita, si ejecuta algunos hechos de los que se deduzca necesariamente la intención de aceptar, o aquéllos que no podría ejecutar sino con su calidad de heredero.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial