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Leyes Descargar AYA

Artículo 559 Código Familiar del Estado de Oaxaca

Capítulo IV

Si la ausencia de los cónyuges fuere simultánea se hará la separación de bienes conforme se previene en este capítulo; y se entregarán a los respectivos herederos los que les correspondan, conforme al capítulo anterior.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial