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Leyes Descargar AYA

Artículo 266 Código Familiar del Estado de Oaxaca

Capítulo I

La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de los hijos. Su ejercicio queda sujeto en cuanto a la guarda y educación de las niñas, niños o adolescentes a las modalidades que le impriman las leyes aplicables al caso

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial