Artículo 199 Código Familiar del Estado de Oaxaca
Capítulo I
Puede haber transacción o arbitraje sobre los derechos pecuniarios que, de la filiación, pudieran deducirse, sin que las concesiones que se hagan al que se dice hija o hijo, importen la adquisición de estado de hijo o hija
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial