Artículo 774 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo III
CARACTERÍSTICAS DEL ALBACEA. Los albaceas son los órganos representativos de la copropiedad hereditaria para actuar en nombre y por cuenta de los herederos o legatarios en todo lo relativo a la defensa y administración de los bienes hereditarios. Asimismo, tiene como función ejecutar las disposiciones testamentarias y representar a la sucesión en juicio y fuera de él.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial