Artículo 740 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo I
SOLICITUD AL JUEZ PARA EVITAR SUPOSICION DE PARTE, DE INFANTE O DE VIABILIDAD. Los interesados a que se refiere el precedente artículo
pueden pedir al Juez que dicte las providencias convenientes para evitar la suposición del parto, la substitución del infante o que se haga pasar por viable la criatura que no lo es.
Cuidará el Juez de que las medidas que dicte no ataquen al pudor ni a la libertad de la viuda.
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- Sin cambios
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial