Artículo 650 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo II
Cambió en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió
FORMALIDADES EN EL TESTAMENTO. Las formalidades se practicarán de modo continuo y el notario dará fe de haberse llenado todas.
Faltando alguna de las referidas, quedará el testamento sin efecto, y el notario será responsable de los daños y perjuicios en su caso. Oficial “Tierra y Libertad” No. 6051 de fecha 2022/03/09. Vigencia: 2022/03/10. Antes decía: SOLEMNIDADES EN EL TESTAMENTO. Las solemnidades se practicarán de modo continuo y el Notario dará fe de haberse llenado todas. Faltando alguna de las referidas, quedará el testamento sin efecto, y el Notario será responsable de los daños y perjuicios e incurrirá, además, en la pérdida de oficio.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Cambió
Este artículo cambió una vez en 2026; la última, en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Toca un cambio para ver qué se quitó y qué se agregó.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial