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Leyes Descargar AYA

Artículo 537 Código Familiar del Estado de Morelos

Capítulo IV

NULIDAD DE DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS DEL HEREDERO O LEGATARIO EN FAVOR DEL TESTADOR. Es nula la institución hecha

bajo la condición de que el heredero o el legatario hagan en su testamento alguna disposición en favor del testador o de otra persona.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial