Artículo 464 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo IV
LEVANTAMIENTO Y CONTENIDO DEL ACTA DE MATRIMONIO. Se levantará luego el acta de matrimonio en la cual se hará constar:
I.- Los nombres, apellidos, edad, ocupación, domicilio, nacionalidad y lugar de nacimiento de los contrayentes;
II.- Derogada.
III.- Los nombres, apellidos, domicilio y nacionalidad de sus padres;
IV.- Derogada.
V.- Que no hubo impedimento legal para el matrimonio, o en su caso, que éste se dispensó;
VI.- La declaración de los pretendientes de ser su voluntad unirse en matrimonio y la de haber quedado unidos, que hará el Oficial del Registro Civil en nombre de la Ley y de la sociedad;
VII.- La manifestación de los cónyuges de que contraen matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal o de separación de bienes;
VIII.- Los nombres, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio de los testigos, declaración sobre si son o no parientes de los contrayentes; y IX.- Que se cumplieron las solemnidades exigidas por el artículo anterior.
El acta será firmada por el Oficial del Registro Civil, los contrayentes y los testigos, asentándose en su caso, la razón por la que alguna de ellas no firmó al margen del acta, e imprimirán sus huellas digitales los contrayentes.
REFORMA VIGENTE.- Reformado el párrafo segundo y se derogan las fracciones II y IV, por artículo primero del Decreto No. 675 publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 5426 Segunda Sección de fecha 2016/08/17. Vigencia 2016/08/18 . Antes decía:
II.- Si son mayores o menores de edad;
IV.- El consentimiento de éstos, de los abuelos o tutores o de las autoridades que deban suplirlos si los contrayentes son menores de edad; El acta será firmada por el Oficial del Registro Civil, los contrayentes, los testigos y las demás personas que hubieren intervenido si supieren y pudieran hacerlo, asentándose en su caso, la razón por la que alguna de ellas no firmó al margen del acta, e imprimirán sus huellas digitales los contrayentes.
Historial de este artículo
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial