Artículo 347 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo XII
FIJACIÓN DE INTERESES SOBRE EL SALDO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y ENTREGA DE BIENES. El saldo que resulte a favor o en contra del tutor, producirá interés legal. En el primer caso correrá desde que previa entrega de los bienes se haga el requerimiento legal para el pago, y en el segundo, desde la rendición de cuentas, si hubiesen sido dadas dentro del plazo designado por la ley, y si no, desde que expire el mismo lapso.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial