Artículo 101 Código Familiar del Estado de Morelos
Capítulo VII
CAPITULACIONES MATRIMONIALES. Se llaman capitulaciones matrimoniales a los pactos o acuerdos que los cónyuges celebren respecto de los bienes que aporten al matrimonio, los que adquieran con motivo de éste o durante su vigencia
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica), con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial