Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 282 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo III

Si la solicitud, el convenio o la documentación fueren insuficientes o irregulares, el juez de instrucción concederá a los solicitantes un plazo de tres días para que los completen o aclaren, de no hacerlo, se desechará de plano su solicitud

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial