Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2 Código Familiar del Estado de Michoacán

Título PRIMERO

Las normas de derecho de familia son de interés social y de orden público.

El hombre y la mujer son iguales ante la ley.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número de hijos que deseen procrear.

Es deber de los padres preservar el derecho de los hijos menores de edad o con discapacidad a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental.

La ley determinará los apoyos a la protección de los menores de edad o personas con discapacidad, a cargo de las instituciones públicas.

Es deber de los que ejerzan la patria potestad, la tutela o custodia, garantizar el derecho de los menores de edad a alimentos y sano esparcimiento

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial