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Leyes Descargar AYA

Artículo 132 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo I

El matrimonio celebrado en el extranjero por mexicanos entre sí, o con extranjero, producirá efectos legales en el territorio del Estado, si se llevó a cabo con las formalidades y requisitos que en el lugar de la celebración fijen las leyes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial