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Leyes Descargar AYA

Artículo 130 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo I

El matrimonio que se verifique fuera del Estado, pero dentro de la República, sujetándose a las leyes del lugar de la celebración, surtirá todos sus efectos en Michoacán.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial