Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 93 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo X

Los efectos jurídicos del matrimonio afectado de nulidad absoluta o relativa se destruirán retroactivamente cuando la autoridad judicial pronuncie la nulidad, quedando subsistentes los derechos y obligaciones de los padres y los hijos habidos en el matrimonio declarado nulo. En cuanto a los bienes se aplicarán las reglas del régimen bajo el que se haya contraído el matrimonio

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial