Artículo 9 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo
Capítulo I
El matrimonio es un acto solemne e institucional:
I.- Es un acto solemne, porque para su existencia la voluntad de los pretendientes debe manifestarse ante el Oficial del Registro del Estado Familiar y constar su firma o huella digital en el acta respectiva; y
II.- Es una institución social, derivada de la permanencia conyugal y es una forma para crear la familia.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial