Artículo 330 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo
Capítulo X
El tutor tiene la obligación de admitir las donaciones simples, legados y herencias que se dejen al incapacitado.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial