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Leyes Descargar AYA

Artículo 214 Quinquies Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo VIII

Para realizar la solicitud de reconocimiento de la identidad de género, sin menoscabo de los requisitos que señale la reglamentación correspondiente, las personas interesadas deberán presentar:

I.- Solicitud debidamente requisitada;

II.- Copia certificada del acta de nacimiento primigenia, para efecto de que se haga la reserva correspondiente;

III.- Original y copia fotostática de su identificación oficial; y

IV.- Original y copia de su comprobante de domicilio actualizado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial