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Leyes Descargar AYA

Artículo 213 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo V

Las adopciones simples que hayan sido decretadas por el órgano jurisdiccional en el Estado de Hidalgo antes de la vigencia de esta Ley, son susceptibles de convertirse en plenas a petición de los interesados, ocurriendo ante el Juez Familiar correspondiente, en vía de procedimiento no contencioso.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial