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Leyes Descargar AYA

Artículo 183 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

Capítulo II

La impugnación de la paternidad puede intentarse por el marido incapaz, por medio de su representante legal dentro del plazo fijado; pero si no se ejercita, el marido, al recobrar la capacidad, la podrá solicitar contando el plazo a partir del día de la desaparición de la incapacidad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial