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Leyes Descargar AYA

Artículo 609 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo ÚNICO

A los bienes que formen parte del patrimonio de la familia, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. Son inalienables.

II. No estarán sujetos a embargo ni a gravamen alguno.

III. La constitución de ese patrimonio no causará ningún impuesto, contribución, derecho o carga fiscal, por la transmisión del dominio ni por su inscripción en el Registro Público

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial