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Leyes Descargar AYA

Artículo 565 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo NOVENO

El tutor o la tutriz tiene obligación de admitir las donaciones simples, legados y herencias que se hagan o dejen respectivamente al tutelado, y para aceptar las donaciones condicionales necesita de la autorización judicial, con audiencia del Ministerio Público y del tutelado en los términos del artículo 554 de esta ley.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial