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Leyes Descargar AYA

Artículo 448 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo PRIMERO

Si el tutor o la tutriz, a pesar de serle desfavorable la calificación de la excusa, sin tener causa para excusarse, decide no continuar en el ejercicio del cargo o es removido o removida de éste por su culpa, responderá de los daños y perjuicios que al respecto se causen a la persona que requirió de su asistencia o representación

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial