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Leyes Descargar AYA

Artículo 38 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo CUARTO

Cuando el estado civil se establezca por resolución judicial, y se haya omitido enviar al o la oficial del Registro Civil la constancia correspondiente para el levantamiento del acta, será bastante la prueba de dicha resolución para justificarlo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial