Artículo 27 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza
Capítulo TERCERO
Toda persona tiene derecho al uso de su nombre, puede por lo tanto oponerse a que un tercero lo use, cuando conforme a las disposiciones de esta ley no tenga derecho a ello.
Lo mismo se observará tratándose del seudónimo, cuando éste desempeñe realmente la función del nombre
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial