Artículo 148 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza
Capítulo SEGUNDO
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijas o hijos. Este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial