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Leyes Descargar AYA

Artículo 131 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo DÉCIMO

Cuando en un asiento registral aparezca un error, procederá la rectificación o la aclaración del mismo en los términos previstos por esta ley u otras disposiciones aplicables

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial