Artículo 632 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SÉPTIMO
Cuando al testador sólo corresponda una parte alícuota del bien legado, se restringirá el legado a esa parte a no ser que el testador declare de un modo expreso que sabía que el bien legado no le pertenecía totalmente y que, no obstante, lo legaba por entero
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial