Artículo 629 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SÉPTIMO
Si el bien mencionado existe en la herencia, pero no en la cantidad y número designados, tendrá derecho el legatario a lo que hubiere.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial