Artículo 614 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SÉPTIMO
El legado queda sin efecto si el bien legado perece viviendo el testador; si éste sufre evicción, salvo lo dispuesto en el artículo 660, o si perece después de muerto el testador, sin culpa del heredero
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial