Artículo 609 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo SÉPTIMO
Si sólo hubiere legatarios, podrán éstos entre sí exigirse la constitución de la hipoteca necesaria
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial