Artículo 2421 Código Civil del Estado de Zacatecas
Capítulo CUARTO
Puede pactarse en las hipotecas solidarias, o estipularse así en su constitución por pacto unilateral, que la obligación se hará efectiva sucesivamente en los bienes que se designen y conforme al orden indicado
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial